El Salvador
El Salvador
Para ingresar a el Salvador debe presentar el Certificado Internacional de la vacuna contra la fiebre amarilla (debe se aplicada mínimo 10 días antes del viaje).
Consulado en Bogotá:
Dirección: Carrera. 9 Nº 80 - 15 oficina 503.
Teléfonos: 349 6765 - 349 6771
Fax: 349 6770.
Correo electronico: elsalvador@supercabletv.net.co
Página Web: www.rree.gob.sv/sitio/sitiowebrree.nsf/pages/sservicios_visasextranjeros
Horario de atención: Para radicar solicitudes de lunes a jueves de 9:00 a.m. a 1:00 p.m., para retirar visados de lunes a viernes de 11:00 a.m. a 1:00 p.m. El consulado no acepta radicación de solicitudes el último día de cada mes.
A partir del 06 de Abril de 2009, los colombianos que deseen ingresar a este país y que tengan visa a los Estados Unidos, Canadá y/o Grupo Schengen; ingresarán al territorio salvadoreño exentos de visa. En función de lo anterior, al ingresar a El Salvador, el nacional colombiano deberá cancelar una TARJETA DE TURISMO de USD 10 en el Aeropuerto Internacional de El Salvador.
Los pasajeros que no cumplan este requerimiento necesitan tramitar la visa según el caso.
(Idealtour puede realizar el trámite de solicitud de visa)
La duración del trámite en el consulado es de 24 horas, a partir del momento de presentación de los documentos.
Requisitos visa de turismo:
· Formulario debidamente diligenciado a máquina o letra imprenta.
· Formulario de Declaración Jurada.
· Pasaporte vigente por mínimo 6 meses.
· Fotocopia de la primera hoja de datos del pasaporte y fotocopia de las visas vigentes a color.
· Dos fotos de frente, a color y de 3 x 4 cm.
· Original y copia a color del Pasado Judicial vigente.
· Reserva aérea.
· Carta dirigida a la embajada por el interesado en la que se solicita la visa y expone motivos, tiempo de viaje y compromiso en el cumplimiento de las leyes vigentes de El Salvador.
· Original y copia a color del Certificado Internacional de la vacuna contra la fiebre amarilla (debe aplicarla 10 días antes del viaje).
· Certificación laboral; especificando cargo, sueldo y tiempo de servicio.
· Si va como invitado: Debe adjuntar carta de invitación y copia del documento de la persona que lo invita.
· Para menores de edad: Anexar registro civil de nacimiento, permiso de salida del país firmado por ambos padres y autenticado en notaría, carta de responsabilidad de gastos y carta de los padres dirigida al consulado, donde solicitan la visa, exponen los motivos y el tiempo de viaje.
· Para estudiantes: Certificado de estudios y solvencia económica de los padres.
Requisitos visa de negocios:
· Formulario diligenciado a máquina o letra imprenta.
· Formulario de Declaración Jurada.
· Pasaporte vigente mínimo por (6) seis meses.
· Fotocopia de la primera hoja de datos del pasaporte y visas vigentes a color.
· Dos fotografías de frente, a color, de 3x4 cm.
· Original y copia a color del certificado internacional de la vacuna contra la fiebre amarilla.
· Pasado judicial vigente original y fotocopia a color.
· Printer de la reserva aérea.
· Carta dirigida a la embajada por el interesado, en la que solicita la visa múltiple y expone motivos, tiempo de viaje y se compromete a cumplir las leyes vigentes de El Salvador.
· Certificación laboral; especificando cargo, sueldo y tiempo de servicio.
· Carta de invitación enviada por la empresa correspondiente desde El Salvador solicitando dicha visa, adjuntando fotocopia del NIT y del D.U.I. (Documento único de identidad).
Derechos consulares:
· Una entrada turismo o negocios USD 30 equivalente en pesos colombianos $64.000
· Negocios múltiples entradas USD 60 equivalente en pesos colombianos $128.000
· Estos valores incluyen el valor de $4.500 por concepto de la transacción bancaria.
· Se debe cancelar en pesos colombianos, estos precios varian cada semana de acuerdo a la tasa de cambio del Banco de Occidente.
· En caso de tramitar visas de múltiples entradas, deberán presentarse los documentos al consulado y esperar la respuesta de la solicitud para pagar los derechos consulares, porque en caso de negación el valor no es reembolsable.
Documentación requerida para el pago a la Embajada de El Salvador:
Titular de la operación:
· Fotocopia de la cédula de ciudadanía.
· Formulario No 5, Declaración de Cambio por Servicios y Tranferencias, debidamente firmado.
· Formato comprobante de pago F20-226 totalmente diligenciado.
Tercero Autorizado:
· Fotocopia de la cédula de ciudadanía del titular de la operación.
· Fotocopia de la cédula de ciudadanía de quien realiza el trámite en su nombre.
· Formulario No 5, Declaración de Cambio por Servicios y Tranferencias, debidamente firmado por el titular de la información.
· Carta de instrucciones del titular de la operación donde especifique nombre del autorizado, número de cédula y valor a negociar dado por la Embajada.
· Formato comprobante de pago F20-226 totalmente diligenciado.
Notas:
· La vigencia de esta visa queda a criterio del consulado.
· Los documentos deben entregarse debidamente organizados en sobre de manila tamaño carta, marcado con nombre y número de teléfono del interesado.
· Cuando el trámite se realiza personalmente, el interesado debe consignar los derechos de visado en pesos colombianos, según la tasa del Banco de Occidente, ubicado en la carrera 7 con calle 72 y entregar dicho comprobante con los requisitos.
· Las personas que deseen prolongar su estadía en El Salvador, deberán presentarse con 10 días de anticipación al vencimiento de su visa a la Dirección General de Migración en El Salvador, para solicitar la extensión de su plazo de permanencia.
· Para ingresar a los países del "Convenio CA 4" hay que tramitar la visa por el primer país de ingreso. En el caso de El Salvador debe ingresar por dicho país, puede viajar a otro país del "Convenio CA 4" y se le permite salir por un país diferente a El Salvador. Este caso solo aplica cuando le otorgan una visa de múltiples entradas.
* Idealtour cobra un valor adicional por el trámite de la solicitud, que puede ser consultado en nuestras oficinas. El costo varia si compra el tiquete con otra agencia de viajes.
La información debe reconfirmarse permanentemente debido a que las embajadas y consulados se reservan el derecho de modificar sin previo aviso los documentos y requisitos por ellos establecidos.
* Valor sujeto a cambio sin previo aviso.